Grupo de emisiones de los turismos |
Nº clave en el
Documentación del vehículo |
Periodo de validez
|
por comenzado
100 qcm -€- Motores de gasolina |
por comenzado
100 qcm -€- Motores diesel |
Euro 3, Euro 4, Coche de 3 litros |
30 a 33, 36 a 48, 53 a 70, 72 a 75 | hasta el 31.12.2003 a partir del 01.01.2004 |
5,11 6,75 |
13,80 15,44 |
Euro 2 | 25 a 27, 35, 49 a 52, 71 | hasta el 31.12.2003 a partir del 01.01.2004 |
6,14 7,36 |
14,83 16,05 |
Euro 1 y comparables | 01, 02, 031,2,3, 043, 093, 11 a 14, 16, 18, 21, 22, 28, 29, 34, 77 | hasta el 31.12.2000 a partir del 01.01.2001 a partir del 01.01.2005 |
6,75 10,84 15,13 |
18,97 23,06 27,35 |
otros que pueden conducir en alerta por ozono | 103, 153, 17, 19, 20, 23, 24 | hasta el 31.12.2000 a partir del 01.01.2001 a partir del 01.01.2005 |
11,04 15,13 21,07 |
23,26 27,35 33,29 |
vehículos (condicionalmente) poco contaminantes que no pueden circular durante las alertas por ozono | 03, 04, 054, 09 | hasta el 31.12.2000 a partir del 01.01.2001 a partir del 01.01.2005 |
16,97 21,07 25,36 |
29,19 33,29 37,58 |
Otros | 00, 05 a 08, 10, 15, 88 | hasta el 31.12.2000 a partir del 01.01.2001 |
21,27 25,36 |
33,49 37,58 |
1) En el caso de una cilindrada superior a 2.000 cm, el número de llave es válido como prueba sin restricciones,
siempre que se haya asignado antes del 26 de julio de 1995.
2) En el caso de una cilindrada de 1.400 a 2.000 cm, deberá demostrarse adicionalmente mediante un certificado del fabricante que se cumple uno de los requisitos especificados en el anexo del § 40c, párrafo 1 de la Ley Federal de Control de Inmisiones (BImSchG) con arreglo al nº 2.2.1 (anexo XXIII StVZO), nº 2.2.2 (anexo III A Directiva 70/220/CEE) o nº 2.2.4 (Directiva 91/441/CEE).
3) Los vehículos de motor con motor de gasolina deben demostrar que estaban equipados con catalizador y preparación de mezcla controlada (GKAT) antes del 26 de julio de 1995. Se considerará que se ha aportado la prueba si el documento de matriculación/permiso de circulación del vehículo contiene la inscripción "gasolina/GKAT" y el número clave "51" en el punto 5 - tipo de propulsión. La inscripción correspondiente en el punto 33 es equivalente.
4) Se aplica únicamente a los vehículos de motor matriculados por primera vez antes del 1 de octubre de 1986 y reconocidos como de bajas emisiones condicionales A antes del 1 de enero de 1988.
Todavía no se ha aprobado la nueva ley del impuesto de matriculación.
Se subvencionarán los filtros de hollín para diesel. Según una propuesta de compromiso entre el Ministro de Hacienda, Hans Eichel, y el Ministro de Medio Ambiente, Trittin, los incentivos fiscales serán los siguientes:
Quien compre un vehículo nuevo con la nueva tecnología de filtrado antes de 2007 ahorrará 350 euros, según las ideas del Gobierno federal. Si se retroadaptan vehículos viejos, se reembolsarán 250 euros. Para poder optar a la subvención, deberá respetarse el valor de 5 mg de partículas de hollín por kilómetro recorrido estipulado por la UE.